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Circular VERIFACTU 2026

Circular VERIFACTU 2026

El Consejo de Ministros anunció con fecha 2 de diciembre de 2025 la moratoria de la entrada en vigor de la obligatoriedad de utilizar VERIFACTU. (Publicado en el BOE el día 3 de diciembre). Pero aún no es una fecha definitiva, esta normativa tiene que ser convalidada por el Congreso en un plazo de 30 días.

Los nuevos plazos son: 

–          Para personas jurídicas (empresas) a partir 1 de enero de 2027.

–          Para personas físicas (autónomos) a partir del 1 de julio de 2027. 

Lo que si sigue obligatorio (y no ha cambiado nada) es en cuanto a los productores y comercializadores de sistemas y programas  informáticos de facturación, que desde el 29 de julio del 2025 solo pueden suministrar productos adaptados totalmente al Reglamento VERIFACTU.

Evidentemente, para empresas y negocios que en un futuro próximo adquieran un programa informático de facturación tendrán que cumplir con todos estos requisitos. 

Recomendación: las empresas/negocios que estén usando programas informático de facturación no adaptados a la normativa (no tengan asistencia del proveedor ni actualizaciones) cambien a un programa actualizado. 

¿Y AHORA QUE PASA?

Si tu sistema ya está enviando los registros de facturación a la AEAT en modalidad VERIFACTU, debes seguir así al menos hasta el 31 de diciembre de 2025. Si estás en esta modalidad de envío no puedes cambiar hasta que finalice el año natural. Al iniciar el nuevo año 2026, y antes de emitir la primera factura, podrás cambiar y elegir por la opción NO VERIFACTU. 

¿PODRÍA VOLVER A MI SISTEMA DE FACTURACIÓN ANTERIOR?

Sí, pero con matices: si estás ya en VERIFACTU tienes que esperar al 01 de enero de 2026, pero si estás en modalidad NO VERIFACTU podrías hacerlo en cualquier momento hasta el 2027, ya sea porque estás teniendo problemas con la adaptación, porque no quieres enviar ni firmar los registros de facturación o porque antes facturabas de forma menos rígida o más rápido, esta posibilidad existe, pero ten en cuenta que solo estarías postergando la adaptación definitiva. 

Para el resto de empresas/negocios que están aún sin un programa de facturación informático VERIFACTU o utilizan sistemas tradicionales (Excel/Word) pueden seguir igual, como ya anunciamos en su momento pero teniendo en cuenta los nuevos plazos. 

Para cualquier aclaración no dudéis en poneros en contacto con nosotros aquí

Circular Registro Digital Horario

Obligatoriedad del Registro Horario Digital

Volvemos de nuevo con una de las novedades para el 2026 que será el registro de horas digital para los trabajadores.

El Ministerio de Trabajo llevó el borrador de decreto al Consejo de Ministros el 30 de septiembre de 2025, donde obtuvo luz verde, pero aún queda someterse a distintos procesos y finalmente que se publique oficialmente.

La previsión más extendida es que el nuevo registro horario digital entre en vigor a comienzos de 2026, y que, una vez se publique el decreto ley en el BOE, el margen de adaptación hasta su obligatoriedad sea muy reducido.

El nuevo sistema de registro en líneas generales deberá ser:

  • Registro mediante un software de fichaje digital capaz de garantizar la veracidad de los datos.
  • Acceso en tiempo real para la inspección
  • Detalle de la jornada: deberá distinguir de forma explícita entre horas efectivas de trabajo, pausas, horas extras, o jornadas flexibles.

Es por ello que animamos a, si aún no lo tienes, empezar a implantar el sistema de registro de horas digital en vuestras empresas/negocios.

Para cualquier aclaración no dudes en ponerte en contacto con SEFICONTA aquí.